ESTADO FALLIDO NO ES UN ADJETIVO 

Ahora que la pandemia del coronavirus cumple su primer aniversario, es pertinente invocar el artículo 29º de la Constitución Mexicana que se refiere a las epidemias entre otras cosas. Artículo 29º.-   Segundo párrafo. “En los decretos que...

27 de enero, 2021

Ahora que la pandemia del coronavirus cumple su primer aniversario, es pertinente invocar el artículo 29º de la Constitución Mexicana que se refiere a las epidemias entre otras cosas.

Artículo 29º.-  

Segundo párrafo. “En los decretos que se expidan, no podrá restringirse ni suspenderse el ejercicio de los derechos a la no discriminación, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección a la familia, al nombre, a la nacionalidad; los derechos de la niñez; los derechos políticos; las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna; el principio de legalidad y retroactividad; la prohibición de la pena de muerte; la prohibición de la esclavitud y la servidumbre; la prohibición de la desaparición forzada y la tortura; NI LAS GARANTÍAS JUDICIALES INDISPENSABLES PARA LA PROTECCIÓN DE TALES DERECHOS”.

Si hemos de entender este artículo constitucional en su indiscutible claridad, NADA JUSTIFICA QUE LOS TRIBUNALES HAYAN DEJADO DE FUNCIONAR. Los mexicanos no tienen hoy las garantías indispensables para la protección JUDICIAL de sus derechos.

 Ahora con el pretexto de la pandemia, cientos de miles de expedientes permanecen guardados en los archivos del poder judicial, sin que actores ni demandados reciban justicia.

¿Por qué motivo quienes podrían decir y hacer algo no dicen ni hacen algo al respecto? El Poder Judicial se ha prestado a violar  lo dispuesto en el artículo 29º y  17º de la Constitución Federal. El artículo 17º, que poquísimos mexicanos conocen, dice lo siguiente:

Artículo 17º.- “Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.”

Los acuerdos por los cuales el Poder Judicial ha decidido que sus tribunales no estén expeditos y de esa forma, viola el mandamiento constitucional. Conste que NI SIQUIERA EN ESTADO DE SITIO se puede restringir ni mucho menos negar LAS GARANTÍAS JUDICIALES INDISPENSABLES PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.

Es muy poético decir que nadie puede hacerse justicia de propia mano ni ejercer violencia para reclamar su derecho, ¿PERO si no hay tribunales que impartan justicia, se aplicaría la ley de Herodes? Pero nadie dice ni hace nada para remediar esta violación de violaciones. Yo creo que las opiniones en materia política, deben procurar evitar los adjetivos calificativos.

DENUNCIAR LA  AUSENCIA ABSOLUTA DE JUSTICIA EN MÉXICO es una cuestión jurídica que aquí he demostrado con tan solo citar dos párrafos de la Constitución. Decir que México es un ESTADO FALLIDO, no es una opinión subjetiva ni un adjetivo calificativo; es la triste realidad.

México y Somalia solamente difieren en que Somalia está en Africa y México en América. Para  muestra basta un botón. ¿Sale usted a la calle con tranquilidad a cualquier hora, sabiendo que su seguridad está garantizada por  las policías preventivas?

Los elementos que permiten afirmar que existe un ESTADO FALLIDO, son los siguientes:

un Estado incapaz de hacer cumplir sus propias leyes;

un Estado con  altos índices de criminalidad e impunidad;

un Estado con corrupción política;

un Estado con burocracia ineficiente  y en especial,  con ineficacia judicial;

INTERFERENCIA MILITAR EN LA VIDA PÚBLICA; 

pérdida de control físico del territorio;

pérdida del monopolio del  uso legítimo de la fuerza;

erosión de la autoridad legítima en la toma de decisiones;

incapacidad para suministrar servicios básicos.

La pregunta no es cómo podrá recuperarse México, sino ¿podrá recuperarse?

Mientras vuelve AMLO, la estrella indiscutible de las conferencias mañaneras en Palacio Nacional, decir que México es un “Estado fallido” no es un adjetivo calificativo, sino una lectura jurídica de los dos artículos constitucionales aquí transcritos.

No puedo evitar recordar la advertencia del General Calles hecha el 1º de septiembre de 1928 cuando a raíz de la muerte del CAUDILLO  todopoderoso, advirtió sobre la necesidad indispensable de que  México dejara de ser TIERRA DE UN sólo hombre, para volverse NACIÓN DE INSTITUCIONES Y DE LEYES.

En los últimos 24 meses se han ido al carajo todas las  instituciones; en consecuencia, sin adjetivos calificativos, México es hoy un Estado fallido.

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Julio Chavezmontes Messner
Abogado de profesión (Escuela Libre de Derecho), escritor por vocación, especialmente de temas políticos e históricos. Fue el enviado especial de Eduardo Ruiz-Healy a Hong Kong en 1997. Colabora con Ruiz-Healy Times. Autor de "Heridas que no Cierran, sobre la nulidad del Tratado Guadalupe Hidalgo", y de “The Comeback River sobre las consecuencias de la guerra de Estados Unidos contra México (1836-1848)", prologado por el Gobernador Bill Richardson de Nuevo México. Actualmente radica en Radolfzell-Stahringen, Alemania.
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