Día internacional de la discapacidad

La dignidad humana implica atender las necesidades y condiciones de desarrollo humano de todos.

16 de diciembre, 2024 Día internacional de la discapacidad

El 3 de diciembre se celebra el Día Internacional de las Personas con Discapacidad:

El Día Internacional de las Personas con Discapacidad fue declarado en 1992 por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la resolución 47/3. El objetivo es promover los derechos y el bienestar de las personas con discapacidades en todos los ámbitos de la sociedad y el desarrollo, así como concienciar sobre su situación en todos los aspectos de la vida política, social, económica y cultural (1: s.p.).

La discapacidad plantea retos éticos innegables. La dignidad humana implica atender las necesidades y condiciones de desarrollo humano de todos. De aquí surgen dos ideas reguladoras: inclusión y no discriminación. La inclusión es el elemento de lo que se debe hacer. La inclusión es así la obligación de crear y proporcionar todos los medios que permitan el desarrollo humano del discapacitado y en su caso, de los cuidadores de los mismos. La no discriminación es la norma negativa, la que prohíbe todos aquellos actos que impidan el acceso a los bienes que permiten el desarrollo humano.

La inclusión y la no discriminación deben consistir en:

La creación de planes de estudios, métodos didácticos y cualquier recurso para no negar el acceso a los medios de cultura. Así, debe haber posibilidad, por ejemplo, de ver una lección con subtítulos en el caso de la discapacidad auditiva.

La adaptación de los espacios públicos de modo que la accesibilidad quede garantizada. Esto es una de los retos más grandes debido al gran costo que tiene y que implica por parte de las personas no discapacitadas un aporte importante de recursos. Un ejemplo de ello serían los elevadores en estaciones de metro, las escaleras especiales para sillas de ruedas, las rampas urbanas correctamente realizadas, semáforos con señales auditivas que orienten a los transeúntes entre otros. 

Programas educativos serios que desde los niveles más elementales de instrucción eduquen a la población sobre la convivencia integrada de las personas con discapacidad. Por supuesto, esto incluye a la propia escuela como modelo o ejemplo de esa inclusión: contratando personas con discapacidades. Los programas educativos requieren considerar la capacitación adecuada de las personas que aplicarían los programas.  

Campañas públicas de inclusión social que eliminen, sobre todo, el paternalismo hacia las personas discapacitadas. Eliminar así el sentimentalismo de considerarlos personas limitadas que implica que no pueden decidir por ellas mismas y requieren de la atención “por consideración” y más bien aceptarlas como personas autónomas que poseen proyectos de vida y capacidades de decisión que deben ser respetadas y promovidas dentro de lo posible.

Legislación de protección de los discapacitados. La legislación debe incluir tanto los aspectos de inclusión, es decir, normas de promoción del bien humano y normas negativas que prohíben lo malo, como la discriminación de acceso a edificios públicos, por ejemplo.  En el caso de este inciso en México existe la Ley General para la Inclusión con Personas con Discapacidad (2).

Acceso a la rehabilitación. Otro derecho básico es poder acceder a las terapias adecuadas que permitan restaurar, dentro de lo posible, las facultades de las personas discapacitadas.

Acceso al trabajo o mejor todavía, adecuación de los puestos de trabajo de modo que no se generen trabajos de discapacitados, sino trabajos sin adjetivos, en los que solo se ha garantizado las condiciones para la ejecución de los mismos. 

Como conclusión se puede señalar que la atención a la discapacidad es complejo, pero de fondo late una visión ontológica del hombre: la igualdad humana está presente en cuanto somos seres racionales y con voluntad independientemente del grado de desarrollo o deterioro en que se encuentre una persona.

Referencias:

Naciones Unidas. Día Internacional de las Personas con Discapacidad
3 de diciembre
. s.l. s.f. Disponible en:

https://www.un.org/es/observances/day-of-persons-with-disabilities

 Cámara de Diputados. México, 2024. Disponible en: www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD.pdf

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Jose Enrique Gomez Alvarez
Doctor en Filosofía por la Universidad de Navarra. Maestro en Gerontología Social por la UNINI. Maestría y licenciado en Filosofía por la Universidad Panamericana. Ha sido profesor e investigador en áreas de ética aplicada. Actualmente colabora en el Centro de Investigación Social Avanzada (CISAV), la Universidad Panamericana y la Universidad Anáhuac. Ha publicado en revistas especializadas temas de Bioética, sobre todo desde la óptica de la argumentación. De sus publicaciones recientes se encuentran: En coautoría con Domingo López Rodríguez. El principio del doble efecto: análisis y aplicaciones. Aliosventos editores (Biblioteca de filosofía nº 2), México, 2019; “La enfermería como apertura a la interdisciplina”. Revista Latinoamericana de Bioética, 2018. “Bien, Mal y verdad ¡Eso es del siglo XVII!” en: Bioética Aporte para un debate necesario. México, 2018.; Nutrition problems specific to the adult Mexican population: the healthy eating plate as an intervention in the diets of older adults in Mexico, with an example. MOJ Gerontollogy, 2018; “Laicidad del Estado ¿Qué significa? Laicidad y laicismo”. En: Bioética Aporte para un debate necesario. México, 2018. Ha sido miembro del Sistema Nacional de Investigadores (Nivel I). Actualmente realiza investigaciones sobre la Bioética y la Gerontología.
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