El Artículo 128 de la Constitución señala que “Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo, prestará la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen”.
Por sus actos y palabras, tanto el presidente Andrés Manuel López Obrador como los legisladores morenistas, petistas, verdes y pesistas han demostrado, demasiadas veces, que no tomaron en serio lo que juraron cuando asumieron sus cargos.
El presidente y miembros de su gabinete han expedido decretos y los legisladores afines a la 4T han aprobado leyes que después han sido anulados por alguna instancia del poder Judicial por ir en contra de la Constitución o alguna ley secundaria.
Por ejemplo, en febrero pasado la SCJN otorgó la suspensión definitiva contra el decreto del 15 de mayo de 2020 de la secretaria de Energía, Rocío Nahle, por el cual buscaba beneficiar a la CFE al modificar las reglas para que las plantas privadas generadoras de energía renovable se conecten al Sistema Eléctrico Nacional. Este decreto, que muchos calificaron como ilegal apenas se dio a conocer, fue impugnado por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) y la Corte determinó que Nahle no puede regular temas de libre competencia y concurrencia en el sector ya que esas atribuciones son de la COFECE.
Nahle sabía que su decreto no era legal y aun así ordenó que se publicara en el DOF. Lo peor del caso es que AMLO no aceptó la decisión de la SCJN y aprovechó la ocasión para lanzar una andanada de ataques verbales contra la misma.
Lo mismo ocurrió cuando los legisladores de la 4T aprobaron la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), a sabiendas de que algunos de sus artículos iban en contra de la Constitución y diversas leyes. La LIE quedó sin efectos luego de que dos jueces de distrito en Materia Administrativa otorgaran decenas de suspensiones definitivas a quejosos que alegaron que dicha ley violaba diversos ordenamientos. De nuevo, AMLO arremetió contra los juzgadores, acusándolos de traición a la patria.
Y la semana pasada, la antes mencionada COFECE interpuso una controversia constitucional contra la LIE por “contravenir los principios de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad”.
En los días próximos, diputados del PAN, PRD y MC, entre otros, impugnarán un artículo transitorio de la reforma del Poder Judicial recién aprobada por el Congreso: el que amplía por dos años el periodo del presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.
Para estos legisladores y la mayoría de los constitucionalistas que han emitido una opinión al respecto, la SCJN deberá declarar inválido ese transitorio porque viola lo que el Artículo 96 de la Constitución establece claramente: “Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior”.
Al decidir el asunto cada uno de los ministros de la SCJN deberá recordar que al asumir su cargo juró “desempeñar leal y patrióticamente el cargo (…) y guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión”.
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